Remunicipalización sí, pero defensa del empleo también

El debate entre si lo público o lo privado es más o menos eficaz, incluso eficiente, es un viejo debate en el que la concepción ideológica marca la diferencia. Para un defensor de la iniciativa privada siempre será mejor externalizar servicios y descargar a la Administración, mientras que para alguien convencido de la necesidad de lo público siempre será mejor que la Administración preste el servicio de forma directa.

Probablemente, desde un planteamiento técnico existan ventajas y desventajas en ambos planteamientos, pros y contras. Por tanto, comienzo por decir que dependerá de qué servicios o sectores de la actividad y de qué objetivos y qué eficacia se busque: social o económica, incluso un equilibrio entre ambas.

El planteamiento sirve tanto para la Administración Central, la autonómica o la municipal, pues hay sectores de la actividad que comenzaron a externalizarse en la década de los 80 del pasado siglo que se producen en todos los ámbitos; un ejemplo claro es la limpieza de las dependencias públicas: de igual modo hay que limpiar un colegio, una universidad, los locales de una junta municipal o la sede del Ministerio de Defensa.

Desde un punto de vista económico, “a priori”, no parece que externalizar un servicio sea rentable, pues la empresa encargada de prestar el servicio, como todas las empresas que desarrollan una actividad económica, buscan obtener un beneficio. Por tanto, ese margen de beneficio vendría a sumarse al coste de la prestación del servicio. Esto que parece tan obvio es el factor que ha desencadenado la situación que vive la limpieza de las calles del municipio de Madrid, o la de los hospitales de la Comunidad, aunque en dependencias cerradas los efectos sean menos visibles.

El factor económico en un escenario de crisis como el que sufrimos desde al menos 2008, llevó a los gobiernos, particularmente del Partido Popular, a someter los pliegos de condiciones con las empresas a una auténtica “subasta al peor postor”, es decir se viene otorgando el contrato a la empresa que por menor importe puja. De tal manera que nos hemos encontrado con cuantías para prestar el servicio (la cantidad que el empresario pide, y recibe de la Administración por prestar el servicio) inferiores a la masa salarial incluyendo las obligaciones con la Seguridad Social y la Hacienda Pública; una auténtica temeridad.

Esta situación llegó a su punto más aberrante en el Ayuntamiento de Madrid en el periodo de la Alcaldesa Ana Botella (2011-2015), cuando la diferencia entre lo pagado por el Ayuntamiento y lo ofertado por la empresa adjudicataria se ha zanjado con despidos colectivos (EREs) y/o despidos temporales (ERTEs).

En el ejemplo aludido, la reducción de costes por el servicio de limpieza estuvo en torno a un 20% para la arcas del Ayuntamiento, sin embargo el deterioro del servicio es evidente, además del tremendo coste económico para los trabajadores y trabajadoras. La eficacia social saltó por los aires, en aras de reducir costes por parte de la Administración y el mantener el beneficio por parte empresarial.

Está claro que los contribuyentes pagamos impuestos para recibir servicios dignos, prestados en condiciones dignas.

Tras las elecciones municipales de mayo de 2015 se ha abierto en muchos municipios el debate sobre Remunicipalización de servicios como la seguridad privada, la limpieza, los “Call Center”, etc.

 

Es evidente que a la vista de los resultados, teóricos y prácticos, en el ejemplo conocido de la limpieza de jardines y calles de Madrid Capital bien merecería la pena remunicipalizar dicho servicio, sacrificando el beneficio empresarial en lugar del empleo, los salarios de los trabajadores y trabajadoras y la calidad del servicio recibido por la ciudadanía.

Dejando claro que no está en discusión la capacidad de los ayuntamientos, dentro de su autonomía, a municipalizar, externalizar o remunicipalizar servicios, nos encontramos con otro factor que también hay que tener presente, como es el jurídico, más concretamente el jurídico laboral. Pues son muchas las incertidumbres laborales que se abren ante la remunicipalización de un servicio público: ¿cabe la subrogación de los trabajadores que prestan el servicio? ¿en qué condiciones pasarían los trabajadores y trabajadoras contratados por una empresa privada a depender de un organismo público?

A la primera cuestión, y atendiendo al Informe del profesor Juan Carlos García Quiñones, de la Universidad Complutense de Madrid, de noviembre de 2015, solicitado por la UGT, “Líneas de actuación jurídicas y sindicales en torno a la remunicipalización de servicios”, queda claro que sí cabe la subrogación en base a lo expuesto en el apartado v) de las conclusiones del mencionado informe, apoyado en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo:

Una conclusión, en orden a la existencia de una transmisión de empresa, con la entrada en juego del régimen jurídico dispuesto en el artículo 44 del E.T. que entendemos debería defenderse desde el interés sindical, también, en el caso de implementarse un hipotético proceso de remunicipalización de servicios,…

El problema es que la subrogación recogida en el Artº. 44 del Estatuto de los trabajadores se enfrenta a lo estipulado en el Estatuto Básico del Empleado Público, por el cual debe garantizarse la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad, a través de procesos selectivos transparentes, aspecto este último también abordado por el profesor García Quiñones en el informe antes aludido, en cuyo punto 5.1 En relación con el acceso al empleo público dice:

“…para el acceso al empleo público por cualquier modalidad contractual sometida al régimen laboral, deben respetarse los mismos principios que si se accede a la función pública, por alusión a los principios de igualdad, mérito y capacidad. Con el deber, además, de garantizar la publicidad de las convocatorias y de sus bases,…”.

Desde mi punto de vista, debe primar, por encima de todo, la garantía del empleo y el respeto de las condiciones sociales y salariales de los trabajadores afectados por la remunicipalización. Pues se produciría un rotundo fracaso si con la pretensión de aplicar el concepto de gestión directa de los servicios públicos, y tras criticar los efectos nocivos para el empleo y los salarios por la vía de la gestión indirecta, la consecuencia fuese la pérdida del puesto de trabajo de los actuales trabajadores de esos servicios, aunque estos tendrían la oportunidad de concurrir a las plazas que la Administración convocase para cubrir las plazas de empleo público; sea como funcionario sea como personal laboral.

Por otra parte, los trabajadores de las empresas que prestan este tipo de servicios tienen unas condiciones salariales sujetas a convenios colectivos, los cuales gracias al trabajo sindical, a lo largo de los años, han ido acumulando avances y mejoras que tiene como resultado una mejor retribución que la existen en el ámbito municipal. Con lo que además del riesgo de la pérdida del puesto de trabajo, hay que calcular la pérdida de poder adquisitivo que podría devenirse de una hipotética remunicipalización.

Existe la experiencia, quizás la más equilibrada, de las empresas de carácter privado pero de propiedad 100% públicas; un ejemplo cercano lo tenemos en el municipio madrileño de Alcobendas, donde la empresa Seromal S.A (Sociedad Anónima municipal de construcciones y conservación de Alcobendas), presta servicio de reparación de calles y dependencias municipales, limpiezas de las dependencias públicas y jardines, sin que intermedie la iniciativa privada y sin que los trabajadores y trabajadoras sean plantilla directa del consistorio.

En todo caso, la remunicipalización es una cuestión compleja, difícil de aplicar si se pretende dar satisfacción a todas las partes.

Roberto Tornamira Sánchez

Militante Arganzuela PSM-PSOE

Autor: Baltasar Santos

Licenciado en Psicología, post grado en mediación, y máster en psicología forense. Curioso y en constante aprendizaje. Me encanta impartir clases, las TIC, pero sobretodo soy un apasionado de las personas. y disfruto aplicando psicología y formación para el desarrollo de personas y organizaciones. Desde 2019 tengo la responsabilidad de gestionar como regidor del Ayuntamiento de El Vendrell, los recursos humanos, la hacienda, secretaría, contratación y los departamenos de empadronament i Servei d'atenció al ciutadà.

Deja una respuesta

Por favor, inicia sesión con uno de estos métodos para publicar tu comentario:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

A %d blogueros les gusta esto: