EL EMPLEO Y LOS SALARIOS DESPUÉS DE LA REFORMA LABORAL

Por Toni Ferrer

La reforma laboral está vigente desde el 31 de diciembre de 2021, excepto algunos supuestos que entraron en vigor a partir del 30 de marzo de 2022, como los cambios en los contratos temporales y los formativos. La aplicación de la reforma laboral se está produciendo en un momento de complejidad y de dificultades para la sociedad y la economía española por los efectos de la pandemia de la Covid-19 y su desarrollo coincide con el descontrol de los precios iniciado el pasado año y agravado por la invasión de la Rusia de Putin a Ucrania.

Durante la crisis de la pandemia el Gobierno PSOE-UP ha puesto en marcha un conjunto de medidas, acordadas a través del diálogo social, para proteger la salud, mantener el sistema productivo y el empleo y extender la protección social: Los ERTE y las prestaciones por desempleo y la prestación extraordinaria para los autónomos, las ayudas a las empresas mediante créditos del ICO o el IMV para las personas más vulnerables. Con el apoyo del plan europeo de respuesta a la crisis Netx Generetion que ha posibilitado el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que contiene las inversiones y las reformas, entre las que se encuentran la Reforma Laboral, la reforma de la Formación Profesional y también las reformas de las Políticas Activas de Empleo o la futura la ley de Empleo.

Ante los efectos de la guerra de Ucrania el Gobierno de Coalición ha aprobado un plan de choque, por el que se adoptan medidas urgentes económicas y sociales para apoyar a los colectivos más vulnerables (se aumentan las cuantías del IMV) y a los sectores productivos más afectados (mediante los ERTE y el mantenimiento del empleo), garantizar los suministros y bajar los precios de los combustibles y la electricidad. Se prevé movilizar 16.000 millones de euros de recursos públicos, 6.000 millones de ellos en ayudas directas y rebajas de impuestos, y 10.000 a través de una nueva línea de avales gestionados a través del ICO.

Los primeros resultados de la reforma laboral se corresponden con los primeros meses de su entrada en vigor, aun parcial, y coinciden con la publicación de la Encuesta de Población Activa (EPA) del INE, del primer trimestre de este año. Son de reseñar, entre otras, los siguientes datos: el total de personas ocupadas alcanza los 20.084.700 y el de desempleadas, situada en 3.174.700, la tasa de desempleo es del 13,65%, lo que supone 32 centésimas más que en el trimestre anterior. La tasa de paro actual es menor a la registrada antes de la pandemia de la COVID, en los últimos 12 meses el empleo ha crecido en 878.000 personas (406.300 hombres y 471.700 mujeres), a un ritmo del 4,57% y aceleró respecto al cierre de 2021 (en el cuarto trimestre de 2021 era del 4,4%). Destaca el aumento del trabajo indefinido frente al temporal, que hace caer la tasa de temporalidad por debajo del 25%, a un 24,2%.

La Seguridad Social, en el mes de abril, ha superado los 20 millones de afiliados, y según el registro de contratos del SEPE desde primeros de año el número de contratos indefinidos ha venido aumentando progresivamente y superando las cifras históricas del registro. En enero se alcanzaron el 15% del total de los contratos, antes de la reforma la media mensual era de alrededor de un 10%, febrero subió al 22%, marzo llegó al 31% y en abril, primer mes de vigencia plena de la reforma laboral, se alcanzó un 48,7%.

En abril se puede observar como la nueva cultura de la contratación laboral basada en la estabilidad y la reducción de la temporalidad injustificada se va asentando y es llamativo como en las actividades que inicialmente manifestaron más dudas sobre la idoneidad de la reforma para sus sectores es donde más se está impulsando la contratación indefinida, ya sea tanto a tiempo completo como a través de los fijos discontinuos o a tiempo parcial. En la agricultura la contracción indefinida se extiende hasta el 50%, en la construcción al 74%, en los servicios llega a un 48% y en la industria representa un 34%.

Del total de los 698,6 mil de los contratos indefinidos registrados en el mes de abril, lo que supone el 48% del total de los contratos registrados en ese mes, de ellos 413,9 mil fueron contratos indefinidos a tiempo parcial o de fijo discontinuo, representan el 60% del total de los indefinidos. También disminuyen los contratos de menos de una semana, antes de la reforma laboral estos contratos de corta duración llegaron a ser las 3/4 partes del total la contratación mensual ahora se han reducido a uno de cada cuatro contratos registrados, es un resultado directo de la cotización adicional de 27 euros por cada baja de contrato de duración inferior a un mes. Todo apunta que los contratos temporales se están sustituyendo por contratos indefinidos a tiempo parcial o de fijos discontinuos. Aún es pronto para anticipar conclusiones, pero la tendencia de incrementos importantes de la contratación indefinida se va consolidando de forma potente con las anteriores características.

Simultáneamente a este favorable comportamiento del empleo y la contratación la evolución de la negociación colectiva en 2002 está caracterizada por la alta inflación y por el fracaso actual en las negociaciones del V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (V AENC) que debía de orientar la negociación salarial. Los datos de los Convenios Colectivos, registrados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, hasta abril recogen un incremento salarial pactado del 2,4% con una inflación general del 8,3%, a estas fechas se recogen 2037 convenios colectivos que afectan a medio millón de empresas y a 5,44 millones de personas trabajadoras. Los incrementos sectoriales son los siguientes: en la construcción un 3,15%, en la industria un 3,1%, en los servicios un 2,1% y en la agricultura un 1,8%.

El acuerdo salarial bipartito era la condición necesaria para una negociación posterior con el Gobierno de un posible pacto de rentas. Los sindicatos y las patronales han dado por rotas las negociaciones salariales para 2022 del V AENC, que está pendiente de renovar desde 2020. La diferencia relacionada con la cláusula de revisión salarial a resultado insalvable. Para los sindicatos las cláusulas de revisión son la garantía del mantenimiento de poder de adquisitivo de los salarios y deberían ser un contenido esencial de los convenios colectivos. El actual repunte de los precios está afectando muy negativamente a los hogares con bajos ingresos, la inflación subyacente del 4,4% bate récords en abril y ya es superior a la subida del 3,6% acordada entre el Gobierno y los sindicatos para el Salario Mínimo Interprofesional de 2022 (SMI).

CEOE y CEPYME han hecho públicas sus recomendaciones para la negociación colectiva de este año sin cifras de incrementos salariales concretas, sin cláusulas de revisión ante las desviaciones de los precios. Planean recuperar el PIB o EBITA como referencias para la “moderación salarial” que preconizan para garantizar la competitividad, y potenciar la negociación en base al salario variable y la productividad. A su vez hacen un llamamiento a utilizar las medidas previstas desde la reforma del PP de 2012 para la devaluación salarial, que dan poder a los empresarios para modificar las condiciones sustanciales de trabajo y para las inaplicaciones de los convenios, medidas que no han sido modificadas por la actual reforma laboral.

CCOO y UGT van a impulsar las negociaciones en los ámbitos sectoriales y en las empresas con el objetivo de acordar las cláusulas de revisión para proteger el poder adquisitivo ante la inflación. Ambos sindicatos anuncian que van desplegar con gran intensidad el desarrollo de la negociación colectiva, donde plantearán las propuestas realizadas en materia salarial efectuadas en las negociaciones del V AENC. Ante las situaciones de bloqueo prevén que la conflictividad laboral pueda aumentar mediante huelgas y otras movilizaciones. Para los empleados de las administraciones públicas el Gobierno anticipa en el Programa de Estabilidad, remitido a la Comisión Europea, mantener para este año la moderación salarial con una subida del 2% y para 2023 la revalorización se haría con la previsión de inflación para ese año.

La reforma laboral a debate

Os hago un resumen de mi posición respecto a la reforma laboral, tal cual la planteé el 10 de febrero, en el Ágora Republicana de Getafe, donde el CATP-Getafe organizó un debate semipresencial sobre la reciente reforma laboral. En el acto participé como ponente junto al compañero Jesús Béjar, sindicalista de CCOO.

Realicé una exposición abordando los antecedentes, los elementos más lesivos de las reformas de 2010 y 2012, el proceso de negociación y el desenlace con el debate parlamentario del 3 de febrero.

Recordé que las reformas de 2010 y de 2012 se introdujeron en un momento de crisis económica, y que esa crisis, según los organismos económicos nacionales e internacionales, públicos y privados ya fue superada hace años. Por tanto, no tiene razón de ser mantener unas medidas laborales, muy duras para los trabajadores, que fueron tomadas en función de un contexto económico que ha sido superado.

También recordé que aquellas reformas laborales fueron contestadas por las organizaciones sindicales con tres huelgas generales (una en 2010 y dos en 2012).

Señalé que en estos diez años que ha transcurrido desde 2012, las organizaciones sindicales y los partidos políticos que se reclaman de la izquierda; incluidos los dos que componen el Gobierno de coalición, se comprometieron con sus bases y con sus votantes a derogar las reformas, en plural.

En estos años, se ha ido perdiendo el plural para quedarse el singular: “Vamos a derogar la reforma laboral de 2012”. Y de ahí se pasó a vamos a derogar los elementos más lesivos.

En esta línea de compromiso, la Ministra de Trabajo, dijo ante el plenario del Congreso de CCOO del mes de octubre de 2021: “¡Vamos a derogar la reforma laboral a pesar de todas las resistencias!”

Si comparamos las expectativas y promesas con el resultado de la reforma, queda una sensación de decepción, pues se reduce a la recuperación del principio de ultraactividad y a las materias de Salario y Jornada para el convenio sectorial. Dos elementos muy importantes, pero que saben a poco comparado con todo lo que no ha sido derogado.

Pasando al bloque de los elementos más lesivos, enumeré los preceptos introducidos por la reforma de 2010:

  • La posibilidad de despedir con 20 días por año trabajado y máximo de 12 mensualidades.
  • Introdujo la “previsión de pérdidas” para poder aplicar despidos colectivos.
  • Rebajó la indemnización del despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades.
  • Se introdujo la posibilidad de descuelgue del convenio por causas económicas.
  • Se amplió la capacidad de las empresas de aplicar la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

La reforma de 2012, profundizó en la flexibilización, en favor de los empresarios, de los aspectos novedosos de la reforma de 2010, y además introdujo los siguientes:

  • Eliminó el principio de ultraactivididad de los convenios colectivos (derogado en la reciente reforma),
  • Dio prevalencia aplicativa al convenio de empresa, sobre todos los convenios sectoriales. (se ha recuperado la prevalencia sectorial para la Jornada y el Salario).
  • Se suprimió la autorización administrativa en la aplicación de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE).
  • Se vaciaron las causas justificativas del despido, pasando a estimar causa justificada el descenso de los ingresos durante tres trimestres.
  • Se eliminó el pago de los salarios de tramitación.

Como puede verse, son muchos y muy profundos los elementos lesivos que no se han tocado, precisamente todos los que han actuado más directamente en la devaluación de los salarios y en la transformación de empleo con derechos en empleo precario. Y cabe el riesgo de entenderse que todos esos elementos lesivos quedan legitimados al no haber sido abordados en esta reforma.

Por otra parte, la reciente reforma laboral, sin ser una mala reforma, introduce algunos aspectos en la contratación cuyas bondades generan duda. Por ejemplo, el contrato formativo dual pasa de los 25 a los 29 años, la edad de los trabajadores que pueden ser contratados, condenando a muchos y muchas jóvenes a verse en este tipo de contratación que, además de ser temporal, no genera indemnización a su finalización.

Otro ejemplo es la flexibilización que se ha hecho del contrato Fijo-Discontinuo, “este contrato puede ser utilizado por la Empresas de Empleo Temporal (ETT) y en otras actividades de contrata y subcontrata”, dice literalmente el nuevo redactado del Estatuto de los Trabajadores.

Y otro ejemplo más es el nuevo “Contrato Indefinido adscrito a la construcción”, mediante al cual la prensa ya ha publicado que 280.000 trabajadores pasan a fijos. Si bien el cambio sustancial que los trabajadores de la construcción van a tener es que en el contrato de obra o servicio determinado vinculado a la construcción tenían una indemnización de 20 días por año trabajado y ahora será de 25,5 días por año trabajado. Lo que no se entiende es por qué no se les aplican los 33 días de indemnización si se les dice que son fijos. Por lo demás, cuando el trabajador de una obra en un edificio termine la obra, se quedará sin empleo, como cuando no era fijo.

Habrá que valorar, cuando haya cifras a medio y largo plazo, por ejemplo 12 o 18 meses, si la transformación de la contratación ha sido real, es decir que los trabajadores y trabajadoras bajo las nuevas fórmulas de contratación han mejorado en sus condiciones de trabajo o simplemente han visto cambiar el título de su contrato.

Por último, respecto al proceso negociador, considera que se han producido “errores”, pues ha habido nula información a los trabajadores en general hasta que no se ha producido el acuerdo definitivo. Los trabajadores están siendo informados a posteriori del acuerdo, pero no han sido preguntados a priori.

Si la reforma ha sido condicionada por la Comisión Europea, como ha expresado el Secretario General de UGT, por la cuestión de los fondos europeos de recuperación, hay que concluir que los derechos de los trabajadores han sido moneda de cambio para la obtención de unos fondos que están dirigidos íntegramente a la modernización y digitalización de las empresas, lo que en muchos casos ya se traduce en más destrucción de puestos de trabajo, como es el caso de la industria del automóvil.

Concluí diciendo que hay que continuar reivindicando la derogación de las reformas laborales de 2010 y 2012. Y que hay que duplicar el número de inspectores e inspectoras de trabajo, si queremos que las normas laborales se cumplan verdaderamente.

Roberto Tornamira, sindicalista de UGT

y miembro del Comité de Redacción de Tribuna Socialista

Reforma laboral. Mínimo avance. Oportunidad perdida.

Uno de los compromisos que el gobierno de Pedro Sánchez había adquirido con las bases socialistas, y con la clase trabajadora en general, fue el de la derogación de las últimas reformas laborales que tanto han cercenado los derechos laborales y que no han tenido los efectos anunciados ni sobre la creación de empleo ni sobre la calidad del empleo creado. Antes bien, los efectos de las últimas reformas laborales han sido nefastos para los trabajadores de nuestro país: mayor temporalidad, mayor fraude en los contratos, menores salarios, mayor poder de los empresarios, menor peso de la negociación colectiva, menores indemnizaciones, mayor facilidad para el despido… de ahí la importancia de derogar las reformas laborales y reempoderar a los trabajadores de sus derechos individuales y colectivos.

La reforma laboral de 2022 se ha hecho esperar. Del compromiso de derogación, pronto se pasó a la derogación de los aspectos más lesivos y finalmente una reforma laboral pactada que ha sido valorada por el gobierno del PSOE y Unidas Podemos y por los sindicatos mayoritarios como un hito histórico. ¿Ha sido realmente así?

Realmente, el acuerdo alcanzado modifica algunos de los aspectos de la reforma del PP en 2012, pero en modo alguno se trata de la derogación comprometida con la clase trabajadora, antes bien, la actual reforma consolida los mecanismos de flexibilidad interna que garantizan la adaptabilidad de las empresas a las circunstancias económicas y consolida la reducción del coste del despido y la eliminación de los salarios de tramitación.

¿Qué se ha modificado?

Qué duda cabe que la Reforma laboral supone algunas mejoras con respecto a la norma anterior. Por ejemplo, se recupera la ultraactividad de los convenios colectivos, es decir, la continuidad en la aplicación de los convenios una vez cumplen el periodo de vigencia pactado. Igualmente, se recupera la prevalencia del convenio sectorial por encima del convenio de empresa, a nivel salarial, aunque no en las condiciones de trabajo.

Algunas de las modificaciones más relevantes son:

  • Contratos temporales: Desaparece el contrato por obra o servicio y se redefinen el contrato por circunstancias de la producción y para sustitución del trabajador (antigua interinidad). Se endurecen las sanciones por contratación temporal fraudulenta que se impondrán por cada empleado.
  • Contratos formativos: Se rediseñan los contratos formativos. Se regula el contrato de formación en alternancia (para compatibilizar la actividad laboral con los procesos formativos) y el contrato destinado a adquirir una práctica profesional adecuada a los niveles de estudios (con una duración máxima de un año). El gobierno se ha comprometido a negociar un Estatuto del becario.
  • Contratos fijos discontinuos: Se potencia esta figura frente a los temporales. Se puede concertar para la realización de trabajos estacionales o vinculados a actividades de temporada, para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo intermitentes, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados. Pueden utilizarse para la ejecución de contratas que, siendo previsibles, sean parte de la actividad ordinaria de la empresa.
  • ERTE y Mecanismo RED: Inspirándose en la reciente normativa COVID-19, se modifica la regulación de los ERTE (especialmente los de fuerza mayor) y se crea el llamado Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo con dos modalidades, cíclica y sectorial, que deben activarse por el Consejo de Ministros para permitir la reducción de jornada o suspensión de contratos, incluyendo un fondo para la financiación de prestaciones y exenciones de cotizaciones a la Seguridad Social y costes de formación.
  • Subcontratación de servicios: El convenio colectivo de aplicación para las empresas contratistas y subcontratistas será el del sector de la actividad desarrollada en la contrata o subcontrata, con independencia de su objeto social o forma jurídica, salvo que exista otro convenio sectorial aplicable. El convenio de empresa solo podrá aplicarse por la contratista o subcontratista si determina mejores condiciones salariales que el sectorial que resulte de aplicación.

¿Qué se ha mantenido?

Pese a que el objetivo de la reforma debiera centrarse en la reducción de la temporalidad y en la calidad del empleo, lo cierto es que esta reforma ha dejado intactos algunos de los aspectos que requerían su derogación:

  • Se ha mantenido la prevalencia del convenio de empresa en todo excepto en el salario. De esta forma, la jornada laboral, los horarios, los permisos, y todos los aspectos extrasalariales son los que establece el convenio de empresa, donde es bien sabido, que las empresas tienen mucho margen de maniobra.
  • Se ha mantenido la regulación de los contratos a tiempo parcial, verdadera fuente de fraude en la contratación que afecta especialmente a jóvenes y mujeres.
  • Se ha mantenido intacta las cláusulas de descuelgue de los empresarios, es decir, la capacidad de los empresarios para modificar unilateralmente o sencillamente no aplicar lo pactado en convenio colectivo, sin necesidad de acuerdo con la representación de los trabajadores.
  • Se ha mantenido el abaratamiento del despido, al no recuperar ni la indemnización de 45 días por año de trabajo en caso de despido improcedente, ni los salarios de tramitación.
  • Se ha mantenido la desregulación de los despidos objetivos, mucho más baratos.

Valoración

Seguramente el término histórico no es el más adecuado para calificar esta reforma laboral. Histórico hubiera sido derogar las dos últimas reformas laborales de forma íntegra. Hoy podemos afirmar sin equivocarnos, que una de las causas de la existencia de trabajadores pobres, del trabajo precario, o del incremento de la desigualdad, tiene que ver con la pérdida de poder de negociación de los sindicatos, con las prácticas anti-sindicales y con el fraude en la contratación, con la preeminente contratación temporal.

Las medidas contenidas en el Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre y que recoge el acuerdo social del 22 de diciembre entre los sindicatos, la patronal y el gobierno, pretenden acabar con un modelo productivo basado en la temporalidad, la precariedad, la desigualdad social y la devaluación salarial.

Sin embargo, esto no parece que vaya a ser así. En cuanto a la temporalidad, aunque se limita la temporalidad eliminando el contrato de obra o servicio, se mantiene el contrato a tiempo parcial, y sobre todo, no se toma ninguna medida para que la inspección de trabajo pueda perseguir y sancionar el fraude laboral de la contratación a tiempo parcial, por lo que seguiremos sufriendo contratos de 20 h, con salarios de 20h, y con prestación real de jornada cercana a la jornada completa.

En cuanto a la precariedad laboral: los nuevos contratos formativos son la panacea para todos aquellos empresarios ávidos de mano de obra barata. Además, la pérdida de poder adquisitivo de los salarios se seguirá incrementando tanto por la vía de los contratos formativos como por la vía del aumento de la inflación, que parece ser no va a ser tenida en cuenta en las cláusulas de revisión salarial de la mayoría de convenios, sustituyendo la revisión en base al IPC por, en el mejor de los casos, la revisión del “IPC medio”, nuevo concepto para consolidar la pérdida de poder adquisitivo de las rentas del trabajo y de las pensiones.

Ahora nos queda el trámite parlamentario para conocer si el Real Decreto Ley será o no convalidado en el Congreso de los Diputados. Pero, sobre todo, al margen del apoyo de PNV, EHBildu y ERC, a esta reforma laboral, que hasta ahora han manifestado su oposición a la misma, lo realmente importante es seguir luchando para derogar el resto de aspectos que esta reforma deja de lado y que siguen siendo factores fundamentales que nos han llevado a una devaluación salarial sin precedentes, a tener trabajadores en la pobreza y a un crecimiento desmesurado de la desigualdad.

La actual reforma laboral supone un mínimo avance con respecto a la reforma laboral del PP, pues en modo alguno representa la derogación que todos anhelábamos. Una oportunidad perdida, ante la que no podemos bajar la guardia.

Baltasar Santos y María Iglesias

Miembros del Comité de Redacción de Tribuna Socialista

Reforma laboral

La reciente modificación del Estatuto de los Trabajadores mediante la Reforma Laboral ha generado controversia y muchas expectativas.

Expectativas por cuanto que supone un antes y un después tras años de desacuerdos e imposiciones a los trabajadores agravando su situación durante la crisis económica del 2008, y la presente pandemia. Controversia, y críticas desde la izquierda por considerar que ha sido una reforma escasa, y con poco alcance. Y creo, personalmente, que así es, que debería haber sido más profunda, eliminando la reforma del 2012, completamente, y también la del 2010.

No obstante, hay que reconocer que tiene aspectos importantes y muy valiosos, y entre ellos considero que la recuperación del Diálogo Social, es la más importante.

Y lo es desde diferentes puntos de vista.

Empecemos por recordar la situación tan grave que generó la crisis financiera de 2008, con una reforma primero del 2010, y posterior del 2012 mucho más agresiva, que lejos de aportar soluciones, hicieron más graves las consecuencias de la crisis, aumentando la precariedad laboral, fomentando una depreciación salarial, y no frenando el desempleo galopante.

Además, y cuando parecía que la crisis económica comenzaba a remitir, aunque se mantenía el desempleo y la precariedad, vino la pandemia agravando aún más la situación.

Hay que reseñar que, durante esta terrible situación, se empezó a tratar de crear un marco mundial de condiciones comunes que facilitasen la Transición Verde, Justa, en medio de la evidencia irrefutable ya del Cambio climático. E igualmente se aceptó que el cambio de modelo productivo derivado de la transición Verde, implicaba una transformación tecnológica profunda, llamada comúnmente Digitalización.

Es este el contexto en el que se ha producido la Reforma laboral, sin olvidar que tenemos un Gobierno de Coalición de las Izquierdas, con una oposición negacionista e incapaz, por voluntad propia, de cualquier consenso.

De ahí que es en ese contexto en el que sitúo esta valoración.

Ninguna Reforma anterior, y sobre todo las referidas al 2010 y 2012, tuvieron acuerdo de los agentes sociales, salvo de la patronal; tampoco tuvieron ninguna incidencia positiva para afrontar las consecuencias de la gravísima crisis económica, y ninguna tampoco recuperó niveles de empleo previos a su implantación.

Es decir, no sirvieron para nada, y aún menos para lo que en sus preámbulos pretendían.

Es evidente que históricamente en las sociedades europeas del siglo 20 y 21, solo se ha sido capaz de afrontar las crisis económicas mediante soluciones serias y con justicia social cuando se ha dado un diálogo social.

Diálogo Social que mediante la negociación y el acuerdo permitió repartir esfuerzos y sacrificios para no cargar siempre a los mismos las consecuencias de los problemas generados siempre por los mismos…

Esta es una de las virtudes más importantes de este acuerdo.

Pero también hay que valorar un aspecto fundamental, y es la capacidad resolutiva mediante concertación, de la Negociación Colectiva que ha sido recuperada como factor transformador principal de la economía productiva.

Es clara la importancia que obtiene como motor de transformación.

Ante los retos que hemos recordado, crisis económica, Transición Verde, Digitalización y conflictividad socio-laboral, solo la recuperación de la NEGOCIACIÓN COLECTIVA permitirá a nuestra sociedad afrontar semejantes desafíos generados por los cambios de modelos productivos y las crisis económicas cíclicas.

Y no es solo un deseo, sino la constatación de una realidad histórica reiterada, que muestra que la resolución de conflictos sociolaborales anteriores en Europa, se produjo mediante el Concierto Social y político.

Solo un «mecanismo» de conflicto/acuerdo que sea capaz de conciliar los intereses de Capital y Trabajo ha permitido resolver problemas de semejante calado.

Este, además es único, no tenemos ningún otro sistema de resolución de conflictos de manera democrática en el ámbito laboral capaz de solventar los diferentes retos que esos problemas generan en cada sector productivo, permitiendo soluciones incluso a nivel de empresa, específicas para según que necesidades y características.

Estas características permiten, en mi opinión, mirar con prudente optimismo la Reforma Laboral que acaban de conseguir en nuestro país los agentes sociales y el Gobierno mediante el DIÁLOGO SOCIAL.

Eduardo Hernández

Militante socialdemócrata de Madrid

Entrevista a Sergio Barbero

Delegado sindical UGT Productos Tubulares

Tribuna Socialista entrevista a Sergio Barbero, delegado de UGT en Productos Tubulares, empresa a la que dado los últimos 20 años de su vida. Con la reciente fusión con el grupo de empresas Tubos Reunidos, llevan al cierre de la aceria de Sestao en la que trabaja Sergio y el traslado de la plantilla a la factoría de Amurrio.

Pregunta.- ¿Nos podéis dar una visión global de la evolución de la empresa y como y porque se llega a la situación actual?

Respuesta.- El principio del problema viene de hace años. Después de dar unos beneficios enormes se hacen una serie de movimientos, como el intento de fusión de Tubos Reunidos con CODESA en 2007-2008, operación para la cual se pidió un crédito de casi 200 millones de euros, operación que al final no se llevó a cabo, pero el crédito no se devolvió. En años sucesivos se repartieron dividendos, dejando a la empresa descapitalizada, y endeudada. Eso, sumado a unos años malos en los que una crisis tras otra ha hecho reducir carga de trabajo y margen de beneficios… Ha terminado en una refinanciación de deuda de 350 millones, y ahora sumamos el rescate de la SEPI, que no deja de ser otro crédito de 112 millones más…

P.- ¿Cuántos trabajadores/as formáis la plantilla del grupo o por empresa? y ¿cómo afectan estos movimientos de la empresa a las condiciones de vida y trabajo de la plantilla?

R.- La plantilla aproximada es de 800 trabajadores en TUBOS REUNIDOS INDUSTRIAL (Amurrio), 400 en PRODUCTOS TUBULARES(Trápaga), de ellos unos 70 en la acería de Sestao y unos 40 en ACECSA (Navarra).Los afectados serían los 70 de la acería de Sestao, aunque aún no hay nada negociado ni sabemos en qué condiciones se van. Y los 40 de Navarra, a los que por distancia se les complicará aún más el traslado, y no sabemos qué pasará con ellos.

P.- En Septiembre ya se hablaba del traslado de la planta de Trápaga a Amurrio. El 28 de octubre iniciáis nuevas movilizaciones contra ese traslado. ¿Cuál es la situación actual, realmente no habrá ERE como prometía la empresa al anuncio de este traslado?

R.- El ERE se supone descartado, según nos dicen, en el acuerdo con la SEPI (no nos han enseñado el acuerdo) no se contemplan despidos traumáticos.

Eso sí, ya han despedido con indemnización a casi 60 trabajadores de 61 años o más: 18 de Trápaga, y los demás en el resto del grupo.

P.- Desde el sindicato, ¿en qué modo pensáis que la fusión de todas las sociedades: Tubos Reunidos en Amurrio, Productos Tubulares en Trápaga y Aceros Calibrados en Iruña, va a suponer un beneficio para los trabajadores más cuando está pendiente el cierre de la planta de Trápaga?

R.- Qué vemos desde la sección sindical de UGT en la planta de productos Tubulares. Pues que para los trabajadores todo son inconvenientes e incertidumbres: viajes, no saber a qué puesto van, no les aseguran que los que vayan a Amurrio sigan trabajando en la acería, hablan de distribuirles por otros puestos de la planta, lo que supone que los que ahora tienen contrato eventual en Amurrio ven peligrar su futuro en la empresa…pero claro, eso no son “despidos traumáticos”.

Desde Productos Tubulares, nos da miedo el futuro de nuestra planta, al dejar de ser una empresa independiente, pasamos a depender aún más, si cabe, del futuro del grupo y del futuro de la planta de Amurrio; nuestra planta no depende tanto como la de Amurrio del mercado del petróleo y de Estados Unidos. Con nuestra acería propia, podríamos salir airosos por nuestra cuenta. Y que decir de los navarros que incluso en los peores años han dado beneficios. Con la unificación de las empresas y las acerías, si cae Amurrio, caemos Todos.

P.- La incorporación de María Sicilia, directora de estrategia de Enagás, al consejo de administración del Grupo Tubos Reunidos ¿supone tranquilidad para la plantilla por los futuros contratos que puedan llegar o solo es maquillaje por parte de la empresa para justificar el rescate que está en el aire?

R.- Comentario de la plantilla… “¿Nos están regateando los IPC con el salario congelado desde el 2017, y contratan 2 consejeras nuevas?”

P.- A modo de conclusión ¿podéis decirnos qué es lo que más preocupa y qué queréis lograr con las movilizaciones y futuras negociaciones?

R.- Lo que más nos preocupa es la incertidumbre sobre el futuro de los trabajadores, y de la planta. Queremos que nos aseguren la continuidad de la planta de Trápaga, el mantenimiento de la plantilla con unas condiciones dignas, que no sean como siempre los trabajadores los que paguen por la avaricia de los accionistas…

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Revertir le reforma de 2012 y modernizar el mercado laboral

Por Toni Ferrer (12 Noviembre 2021)

Desde el pasado mes de marzo el Gobierno de Coalición PSOE-UP, las organizaciones sindicales (CCOO y UGT) y las organizaciones empresariales (CEOE y CEPYME) vienen negociando en la Mesa de Diálogo Social para Modernizar el Mercado Laboral. Con esta mesa el ejecutivo y los interlocutores sociales recuperaron las negociaciones sobre la derogación de los aspectos más lesivos de la reforma laboral de 2012 y para afrontar los retos del empleo y de las relaciones laborales, que se interrumpieron al inicio de la pandemia. A partir de marzo de 2020 el diálogo social se centró, casi en exclusiva, en la lucha contra la COVID-19 y sus consecuencias económicas y sociales, a través de los Acuerdos en Defensa del Empleo y otras medidas, para proteger el tejido productivo (empresas y autónomos), las rentas familiares y establecer unas condiciones especiales para los expedientes de regulación temporal de empleo o de reducción de jornada (ERTE) para mantener el empleo. También se ha pactado la regulación del teletrabajo y de la actividad de los raiders.

España tiene una larga historia de diálogo y concertación social en materia de grandes reformas laborales. El Estatuto de los Trabajadores constituye el fundamento y pilar básico que regula el sistema de relaciones laborales, desde su promulgación en 1980 ha sufrido numerosas reformas en distintos periodos y por gobiernos de diferente signo, unas veces pactadas en el diálogo social tripartito y otras aprobadas por una decisión unilateral del ejecutivo, mediante reformas aprobadas en el parlamento por consenso con otras fuerzas políticas o   por la imposición de una mayoría absoluta.  Las grandes reformas del mercado de trabajo, realizadas con o sin acuerdo, son concretamente las de los años 1984, 1994, 1997, 2001, 2006, 2010 y 2012.

De estas experiencias   reformadoras se debería tener en cuenta que cuando las reformas no han sido aprobadas con la participación del dialogo social han producido rechazo y desafección, expresados en la mayoría de ocasiones por las movilizaciones sociales y las huelgas generales contra las normas impuestas.  Una legislación negociada es una legislación que genera la adecuada    confianza y seguridad en nuestro sistema de relaciones laborales y es una garantía de estabilidad para las normas aprobadas. Para ello es fundamental respetar el diálogo social con las organizaciones sindicales y las organizaciones empresariales y priorizar al máximo el consenso político con los grupos parlamentarios ante una nueva reforma.

La última de las anteriores reformas fue aprobada de forma unilateral por el Gobierno del PP, sin diálogo ni consenso con los interlocutores sociales y las otras fuerzas políticas, en un contexto de auge de las   políticas neoliberales impuestas por la Unión Europea (UE) a los países más golpeados por la crisis financiera de 2008. Con medidas de austeridad y recortes del gasto público junto con las contrarreformas laborales y de pensiones para producir una devaluación interna, reducir las inversiones en   protección social y   servicios públicos. El objetivo real de la reforma laboral de 2012 era la devaluación salarial para potenciar la competitividad de la economía vía precios y no en base a la mejora de la productividad, como resultado de la inversión en tecnología e innovación, educación y formación. 

Aquella reforma laboral representa un modelo laboral obsoleto, desequilibrado e ineficiente, que vulneró el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014 firmado por las organizaciones empresariales y sindicales. Nunca se alcanzó los objetivos que proclamaba de reducir la dualidad y la segmentación de nuestro mercado de trabajo. Las principales medidas injustas y lesivas del Real decreto-Ley 3/2012 y sus desarrollos fueron la siguientes:

  • Abaratar y facilitar los despidos individuales y colectivos, precarizar el empleo con el contrato para emprendedores con un periodo de prueba de un año (despido libre y gratuito).
  • Desregular, a favor de los empresarios, el sistema de negociación colectiva: prevalencia del ámbito empresa sobre los convenios sectoriales, que dan cobertura a la mayoría de las empresas y trabajadores, y suprimir la ultraactividad de los convenios colectivos.
  • Facilitar las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y las inaplicaciones de los convenios colectivos: salarios, jornada, condiciones de trabajo, etc.
  • Recortes y privatización de las políticas activas de empleo y de la protección por desempleo y expulsión de los sindicatos y las patronales del sistema de formación para el empleo.

Estas agresiones, de los gobiernos del PP, a los derechos de los trabajadores y las políticas socialmente regresivas fueron acompañadas por una ofensiva autoritaria y antidemocrática, con el fin de impedir la acción colectiva y la capacidad de respuesta de los trabajadores y la ciudadanía. Con normas como la Ley “mordaza” (actualmente en trámite parlamentario para su modificación), el endurecimiento del Código Penal (con el ya derogado artículo 315.3 que criminalizaba el ejercicio del derecho de huelga) y una agresiva campaña dirigida a debilitar al movimiento sindical de clase. 

Nuestro mercado de trabajo arrastra desequilibrios que provocan las desigualdades y la pobreza laboral existentes, agudizadas por las consecuencias económicas de la crisis sanitaria del coronavirus. Entre los problemas más graves están: la baja tasa de ocupación, el elevado desempleo, la temporalidad injustificada, desigualdad en la distribución de la riqueza, los bajos salarios, el abuso de los despidos, la brecha de género y las tasas insoportables de desempleo y precariedad que sufren los jóvenes. Con la recuperación económica, iniciada 2014, se puso de manifiesto que en España se había impuesto un nuevo modelo económico y social: por primera vez el crecimiento económico y la renta de la mayoría de los ciudadanos se han desacoplado y no progresan juntos. 

El PP sigue instalado en una defensa numantina de su reforma laboral, de forma torticera le atribuye unos resultados que están fuera de toda evidencia. Según el Fondo Monetario Internacional (FMI)  las medidas entonces adoptadas contribuyeron a la creación de empleo,  impulsada por la recuperación económica a nivel internacional, pero aumentaron la precariedad y pobreza laboral,   tal como afirmaba en su informe de febrero de 2020, donde se recogen, entre otras,  las siguientes observaciones:  «han inducido a un deterioro de la media de horas trabajadas, la pobreza laboral y posiblemente también el trabajo a tiempo parcial de manera involuntaria “. 

A partir de junio de 2018, con la llegada del PSOE al gobierno, se abrió una nueva etapa orientada a la recuperación de los derechos de las personas trabajadoras – con medidas como la derogación del contrato de emprendedores sin indemnización o la recuperación del subsidio por desempleo para mayores de 52 años-, la mejora en las condiciones de vida y trabajo (como la dignificación del SMI) y la lucha por la erradicación de las desigualdades y la pobreza laboral. El PSOE adoptó en el Programa Electoral de 2019 el compromiso de derogar las medidas lesivas de la reforma laboral de 2012 y elaborar un nuevo Estatuto de los Trabajadores para el siglo XXI mediante el diálogo social, estas propuestas se incorporaron en el Acuerdo del Gobierno de Coalición PSOE y UP.

En dicho Acuerdo se planteaba con carácter urgente derogar el despido objetivo por absentismo por bajas de enfermedad, medida que ya fue aprobada por el Gobierno en febrero de 2020. Junto con desmontar la reforma de 2012 mediante, entre otras, las siguientes materias: reforzar el principio de causalidad en la contratación temporal e impulsar la contratación indefinida, la recuperación de la ultraactividad y suprimir la prioridad aplicativa de los convenios de empresa sobre los convenios sectoriales, restableciendo la capacidad de la autonomía colectiva para ordenar la estructura negocial. También se preveían otras  medidas: la mejora de la regulación de  la  subcontratación, revisar el procedimiento de las inaplicaciones, reformular los   contratos formativos y la regulación de un  Estatuto del Becario, proteger los derechos laborales en los procedimientos para modificar las condiciones de trabajo, actualizar la legislación de prevención riesgos laborales,  corregir la normativa sobre trabajo a tiempo parcial, establecer medidas para impedir los  falsos autónomos y revisar la regulación del despido.

Actualmente estas materias están siendo debatidas en la Mesa de Diálogo Social para Modernizar el Mercado Laboral, que debe culminar sus trabajos antes de final de año. De acuerdo con el compromiso contraído por el Gobierno con la UE de aprobar una nueva reforma laboral dentro del Plan de Recuperación, que se vincula a los fondos europeos para la reconstrucción económica y social. Concretamente en su componente número 23 se integran las reformas para “Un Mercado Laboral Dinámico, Resiliente e Inclusivo”,  tienen unas previsiones de inversión de 2.400 millones de euros para el periodo 2021-2023 y comprenden un conjunto de 17 reformas orientadas a reducir el desempleo estructural, el paro juvenil, reducir la temporalidad, potenciar la formación profesional, modernizar la negociación colectiva, establecer un mecanismo de flexibilidad permanente (ERTE con bonificaciones para las empresas), reformular las políticas activas de empleo y reforzar los servicios públicos de empleo.

La nueva reforma laboral acompañada de   las otras reformas e inversiones previstas en Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, unas 170 reformas, pueden contribuir a   modernizar nuestro aparato productivo. Mediante el desarrollo de proyectos en los sectores tractores y actividades de futuro, ante   la creciente digitalización y descarbonización de la economía, y con el impulso a la innovación, ciencia, educación y formación profesional que deberían potenciar un nuevo modelo productivo, más justo, sostenible y duradero. Para ello se requiere un nuevo modelo laboral equilibrado y participativo, que se asiente en la mejora de la productividad, salarios dignos y   empleo estable y con derechos.

Editorial

REFORMA LABORAL & PENSIONES DOS CARAS DE LA MISMA MONEDA

Casi diez años después de la brutal reforma laboral de 2012, seguimos escribiendo sobre la necesidad de derogar las reformas laborales y nos vemos enfrascados en la defensa del Sistema Público de Pensiones, dos temas de especial relevancia para la clase trabajadora.

La mayoría social, cada día más desprotegida, sufrirá cuando menos una nueva frustración tras la negativa del gobierno de coalición (PSOE-UP), de no llevar a término sus propuestas electorales y su pacto de gobierno.

La derogación de la reforma laboral comenzó siendo un compromiso, después se transformó en ese eufemismo denominado “los aspectos más lesivos” en referencia a: subcontratación, ultraactividad, prevalencia del convenio de empresa sobre el convenio del sector. Aspectos algunos ya superados por vía de la negociación colectiva y/o judicial. Veremos qué sale de la mesa de negociación.

La reforma laboral del 2010, que abrió puertas y ventanas a la reforma del 2012, estableció:

  • supresión de la autorización laboral administrativa en caso de despidos colectivos;
  • reducción de la indemnización del despido improcedente, pasando de 45 días con un máximo de 42 mensualidades a 33 días con un máximo de 24 mensualidades,
  • potenciar los despidos por causas objetivas: económicas, técnicas, organizativas o de producción con una indemnización de 20 días de salario;
  • avalar despidos por causas económicas no sólo pérdidas (actuales o previstas) y la disminución persistente del nivel de ingresos o ventas en tres trimestres de bajada de facturación;
  • supresión de los salarios de tramitación,

En definitiva, bajo el término flexiseguridad, se les dio toda la flexibilidad a las empresas y se les quitó toda la seguridad a los trabajadores, desequilibrando las relaciones laborales. Por tanto, cabe una pregunta ¿estos aspectos no son lesivos?

Leamos el siguiente párrafo del documento “Los daños de la reforma laboral de 2012 Datos de su impacto negativo sobre el empleo y los salarios”, publicado por el Servicio de estudios de la Confederación de UGT, el 15 de octubre de 2019:

No es casualidad que tras 2008 y 2009, los años iniciales de la Gran Recesión y los de su mayor impacto, 2012 fue el ejercicio con mayor número de despidos de contratos indefinidos de la historia, 777.000. Y eso se tradujo en la segunda mayor pérdida total de empleo de la historia, 788.700 ocupados, solo por detrás de la sufrida en 2009 (1.362.800 ocupados menos). Y en 2013 se perdieron otros 493.700 empleos”

Hay que añadir a los datos que esgrime UGT que, al cierre del primer trimestre de 2013, un año después de la entrada en vigor de la reforma que el Sr. De Guindos decía que era “muy agresiva”, la tasa de desempleo se instaló en el 26,94%, lo que supuso que 6,2 millones de trabajadores y trabajadoras no tuviesen empleo. Se destruyó empleo en cantidades nunca vistas, para transformar más de 3 millones de puestos de trabajo con derecho en precariado.

Por parte de CCOO, en el documento de su Comisión Ejecutiva Confederal, bajo el título “Efectos de la Reforma Laboral de 2012”, fechado en septiembre de 2013, entre otras cuestiones manifiesta:

Esto ha supuesto una gran transformación del modelo de despido colectivo, tanto en lo referente al procedimiento, con la sustitución de la autorización administrativa por la decisión unilateral de la empresa, como en la reducción de la entidad de las causas económicas, técnicas, organizativas y productivas han de concurrir para que el despido colectivo pueda considerarse justificado, todo en relación con el objetivo asumido de facilitar a las empresas la realización de los despidos colectivos.”

Las direcciones de las organizaciones sindicales no pueden, ni deben, dejar de lado las lesiones que las reformas producen a los intereses de los trabajadores, lesiones que sus gabinetes de estudios reconocen, permitiendo la consolidación de los aspectos tan regresivos de las reformas laborales.

Otra de las grandes condiciones impuestas por la Comisión Europea es la reforma de las pensiones; según hemos conocido, cuando se ha hecho público el documento acordado por el Gobierno y Bruselas con relación a los compromisos acordados sobre los fondos europeos. Es en este momento cuando nos damos cuenta del alcance de las distintas declaraciones efectuadas por el ministro Escrivá.

El acuerdo con los agentes sociales, establece la revalorización de las pensiones con la inflación media del año anterior y la separación de fuentes respecto de aquellas prestaciones y medidas cuya financiación no habían sido asumidas todavía por el Estado las cuales han generado la deuda de manera consciente y fraudulenta a las cuentas del sistema público de pensiones.

No podemos obviar que la nueva regulación de la jubilación anticipada (tanto voluntaria como involuntaria y por razón de la actividad), la jubilación demorada, la jubilación activa y la jubilación forzosa, van a sufrir una reducción de las condiciones, frente a las actuales. Además, los coeficientes reductores relacionados con el adelanto de la edad de jubilación se aplicarán sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora de la misma, como hasta ahora.

La sustitución del Factor de Sostenibilidad por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, un nuevo eufemismo, busca incrementar el Fondo de Reserva en 50.000 millones de euros en 10 años, por la vía de subir un 0,5% las cotizaciones de las empresas y un 0,1% las de los trabajadores.

Para valorar el acuerdo firmado, tenemos que recordar que, desde 1982, las cotizaciones de las empresas han sido rebajadas en un 3,68%, al pasar del 27,28% que cotizaba la empresa al 23,60 que cotizan hoy. Por tanto, el incremento de un 0,5% sigue dejando la reducción que las empresas han obtenido en un 3,18%.

Según estableció CCOO, cada 2% menos de cotización significan 7.000 millones menos de ingreso a la Seguridad Social. Por tanto, el 3,18% suponen 11.130 millones de euros cada año de menos ingreso para la Seguridad Social. Si el ministro Escrivá, y el Gobierno, exigiesen a los empresarios el esfuerzo de cotizar lo que cotizaban en 1982, la recaudación en diez años se elevaría a 111.300 millones de euros, más del doble que con la medida acordada con UGT y CCOO.

Otras magnitudes que dejan en una cantidad menor los objetivos del acuerdo es la deuda que el Estado tiene con la Seguridad Social, por las cuantías pagadas con los fondos de las pensiones de manera indebida. El Tesoro Público lo tasa en 103.000 millones de euros (tomando el periodo 1989-2013 y sin actualizar el valor del dinero). La Federación de Jubilados y Pensionistas de CCOO llegaba a estimar esa deuda en 500.000 millones de euros. Es muy importante que el Gobierno haya aceptado encargar una Auditoría a las cuentas de la Seguridad Social, tal y como reivindicamos miles de trabajadores, pensionista, jóvenes… los pasados día 16 de octubre y el 13 de noviembre en las calles, para reponer las cantidades que correspondía pagar al Estado, dando así sostenibilidad a un sistema que no es deficitario, a condición de que dejen de sangrarlo.

La recuperación de los derechos perdidos por la clase trabajadora ha de pasar por la movilización de las trabajadoras y trabajadoras, pensionistas, desempleados, jóvenes…. Las direcciones de las organizaciones sindicales de clase deberán decidir si continúan siendo parte de las decisiones de recorte de las Pensiones, haciéndolas más vulnerables a la deseada privatización que ansían la banca, las aseguradoras y los fondos buitre, o se ponen a la cabeza de la defensa del Sistema Público de Pensiones y de una verdadera derogación de las reformas laborales.

Solidaridad con los metalúrgicos de Cádiz

El pasado 19 de noviembre Tribuna Socialista remitió un mensaje de solidaridad a los compañeros y compañeras del sector metalúrgico que han defendido hasta el final sus derechos. La lucha de los metalúrgicos de Cádiz es la lucha de todos los sectores de nuestro país.

A VUELTA CON LOS ERTES

Según las distintas normas reguladoras en el ámbito laboral, que van desde marzo de 2020 hasta el próximo febrero de 2022, de momento, los “ERTES COVID-19” han establecido los diferentes mecanismos, que el Gobierno ha venido a llamar “escudo social”, para dar respuesta a la crisis sanitaria, económica y social provocada por el virus, todo ello para dar protección a las y los trabajadores, así como a las empresas. ¿Es oro todo lo que reluce? Veamos. 

Con fecha 26 de abril de 2021, el diario Público publicaba, bajo el titular: La Inspección de Trabajo detecta fraude en uno de cada seis ERTE que investiga”

“Los inspectores levantan actas de infracción a más de 4.500 empresas e imponen sanciones que rondan los 22 millones de euros tras cerrar 29.000 de las 36.500 órdenes de servicio previstas para chequear los expedientes de regulación.”

Todo ello, con la falta de recursos materiales y humanos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, denunciada sistemáticamente por las organizaciones sindicales, donde aseguran todos organismos implicados que los niveles de fraude detectados aumentarían si se contara con más inspectores.

En todo caso, vayan las declaraciones de la actual vicepresidenta segunda del gobierno, Yolanda Díaz: En caso de que observásemos que hay algún tipo de fraude, las empresas tendrán que devolver hasta el último céntimo de euro, incluso la prestación de desempleo que reciben los trabajadores. Una vez más los hechos contrastan con la realidad.

Vayamos a otro de los asuntos estrella, la prohibición de despedir trabajadores, la cual anunciaba, Yolanda Díaz, que advertía: “nadie puede aprovecharse de esta crisis sanitaria” y que “no se puede utilizar el COVID-19 para despedir”.

Desde las organizaciones sindicales en marzo de 2020 se manifestaba que la cifra de despidos se podría acercar al millón de contratos de trabajo.

Si bien, podemos decir que prácticamente se ha recuperado el empleo a fechas anteriores a la pandemia, no podemos olvidar que han salido miles de trabajadores por procedimientos de despido colectivo y/o individual durante esta crisis, transformando, como ha venido sucediendo históricamente, empleo fijo con derechos en empleos precarios sin derechos, aumentando el porcentaje de los “trabajadores pobres”. 

Por último, la nueva norma, vigente hasta el 28 de febrero de 2022, establece, por un lado, la prórroga de los ERTE en sus modalidades actuales hasta el 31 de octubre de 2021 y, por otro, las nuevas modalidades de ERTE a partir del 1 de noviembre.

Uno de los aspectos novedosos, tiene que ver con el aumento de las exoneraciones a las empresas del pago a la seguridad social, donde se eleva el porcentaje por realizar acciones formativas.

Según, el último informe anual (2020) de Fundación estatal para la formación en el empleo (Fundae), la “formación durante el estado de alarma (del 14 de marzo al 20 de junio) no se interrumpe e, incluso, la proporción de participantes comunicados en la formación subvencionada durante ese periodo fue similar (45%) a la del periodo posterior al estado de alarma (21 de junio a 31 de diciembre).

Vaya por delante el comentario anterior para referirme a los propios datos que ofrece Fundae con relación a la formación realizada por las empresas en el año 2020. 

“En la formación programada por las empresas, más de 3,8 millones de participantes han realizado formación bonificada, un 16,6% menos que en 2019 (en este año sólo dos de cada diez empresas aprovecharon la formación bonificada); el número de participantes retrocede por primera vez desde la puesta en marcha del sistema de bonificaciones en 2004. La tasa de cobertura formativa se sitúa en el 30%, cuatro puntos por debajo de los resultados del año pasado”.

Por tanto, por los datos facilitados, parece un “brindis al sol” para los trabajadores que más necesitan la formación en estos tiempos.

Y, por último, como se van a controlar estas acciones formativas, parece que las noticas no son positivas pues el Servicio público de empleo estatal, perderá 1500 trabajadores a fecha 31 de diciembre de 2021. ¿Pasará lo mismo que con el fraude a la Seguridad social? Ya se verá.

Y todo ello, cuando ya han pasado más de 692 días del acuerdo de gobierno (PSOE-UP) y siguen más que vigentes las contrarreformas laborales del 2010 y 2012 siendo utilizadas en su máxima expresión por las empresas. 

Lo que más puede alejar a las trabajadoras y trabajadores de este gobierno de coalición son las promesas incumplidas, así como de las direcciones de las organizaciones sindicales su permanencia en el diván. No lo consintamos.

Jose Antonio Fdez. Guerras.

Derogación reforma laboral: no hay más tiempo que perder

Fue el 30 de noviembre de 2019, cuando PSOE y UP firmaron el acuerdo de coalición que dio lugar a la constitución del Gobierno actual. Han pasado más de 600 días y la tan manoseada derogación de la reforma laboral de 2012 sigue aún vigente, prácticamente en todos sus términos.


Todo este tiempo transcurrido, ha dado para muchas declaraciones de ministras y ministros del Gobierno, incluido su presidente Pedro Sánchez. Además del acuerdo firmado por PSOE, UP y EH Bildu que se comprometían a “…. derogar de manera íntegra la Reforma Laboral del año 2012 impulsada por el Partido Popular. La derogación deberá ser efectiva antes de la finalización de las medidas extraordinarias adoptadas por el Gobierno en materia económica y laboral derivada de la crisis originada por el Covid-19”, sobran comentarios para los intereses de la clase trabajadora sobre la nota aclaratoria enviada por Whasapp del PSOE ese mismo día por la noche.


La triste realidad a fecha de este artículo, es que la única medida efectiva es la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que regulaba el despido objetivo por acumulación de ausencias al trabajo justificadas, incluidas las bajas médicas de corta duración, si bien ya recordó el Ministerio de Trabajo, que las empresas pueden usar ahora la vía del despido disciplinario, indemnizado con 33 días en lugar de 20, para ausencias justificadas e injustificadas, por tanto el despido del trabajador por esta causa sigue vigente.
En el informe “Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales”, publicado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con datos hasta el segundo trimestre del año 2021, apunta un incremento de los despidos del 41,3% y del 24,7% respecto a las reclamaciones de cantidad. (Periodo -2º trimestre 2020- 2º trimestre 2021. Covid-19.)


Los datos reflejan de manera clara y contundente que la pandemia ha puesto de manifiesto la crisis social y económica que ya se venía gestando, siendo una vez más los trabajadores quienes la estamos sufriendo.


Es evidente que se han llevado a cabo medidas para paliar esta crisis, si bien con la pequeña perspectiva que logramos alcanzar, como siempre se ha favorecido más a las empresas (excluyamos autónomos y micro-empresa) que a la clase trabajadora. A fin de cuentas, ¿De qué le sirve a un trabajador una mejora en su indemnización si lo importante es que se ha quedado sin su trabajo?
Desde la reforma laboral del año 1984 hasta la del año 2012 nos encontramos que en materia de contratación si bien el mercado de trabajo ha sido capaz de generar un gran volumen de empleos, este ha sido temporal y de muy baja calidad aún en los tiempos de bonanza económica, situándonos en fechas actuales en un 26,8% de trabajos temporales lo que representa casi el doble de la media de la Unión Europea que es del 14,2%. A esto hay que añadir la flexibilización en la contratación a tiempo parcial que ha dado lugar en los últimos tiempos a grandes nichos de contratos en fraude de ley con la consiguiente pérdida de ingresos en la caja de la Seguridad Social.


Si abordamos la “salida del mercado de trabajo”, es decir, los despidos de los trabadores en román paladino, la indemnización ha pasado de 45 a 33 días de salario por año de servicio para los contratos celebrados a partir del 12 de febrero de 2012. En los contratos suscritos antes del 12 de febrero de 2012 pero que se extingan tras dicha fecha, el importe de la indemnización no podrá ser superior a 720 días y se ha eliminado el pago de los salarios de tramitación en caso de despido improcedente. En concreto con las últimas reformas que han abaratado y facilitado el despido, ha conllevado un aumento de número de despidos al utilizarlo las empresas de manera excesiva y no utilizando como último recurso como ocurre en otros países de nuestro entorno.
Además, la reforma laboral del año 2012 facilita la modificación de las condiciones laborales de manera unilateral por las empresas, eliminaba la prórroga automática de los convenios transcurrido un año (la llamada ultraactividad) y establecía la primacía de los convenios de empresa frente a los de sector.


No nos podemos olvidar que, en total, los principales EREs presentados por grandes compañías (Endesa, El Corte Inglés, Caixabank-Bankia, BBVA, Sabadell, Norwegian, H&M, Naturgy, Seat, etc…) en los últimos meses cuentan con una cifra aproximada de 30.000 despedidos, y todo indica que no van a parar de despedir a trabajadoras y trabajadores.


Por tanto, pasado este tiempo y viendo los dimes y diretes de este Gobierno de coalición, claro incumplidor de sus propios compromisos y a la vista de la posición de este Gobierno y su política de marketing vacía de hechos en favor de los trabajadores, hace imprescindible que las dos direcciones de los sindicatos de clase (UGT-CCOO) lleven a término sus declaraciones en pos de la derogación de la reforma laboral del PP y no sólo de sus aspectos más lesivos y para ello convoquen a movilizarse a los trabajadores y así eliminar esta parálisis en la que estamos envueltos.

Jose Antonio Fdez. Guerras

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