La reforma laboral a debate

Os hago un resumen de mi posición respecto a la reforma laboral, tal cual la planteé el 10 de febrero, en el Ágora Republicana de Getafe, donde el CATP-Getafe organizó un debate semipresencial sobre la reciente reforma laboral. En el acto participé como ponente junto al compañero Jesús Béjar, sindicalista de CCOO.

Realicé una exposición abordando los antecedentes, los elementos más lesivos de las reformas de 2010 y 2012, el proceso de negociación y el desenlace con el debate parlamentario del 3 de febrero.

Recordé que las reformas de 2010 y de 2012 se introdujeron en un momento de crisis económica, y que esa crisis, según los organismos económicos nacionales e internacionales, públicos y privados ya fue superada hace años. Por tanto, no tiene razón de ser mantener unas medidas laborales, muy duras para los trabajadores, que fueron tomadas en función de un contexto económico que ha sido superado.

También recordé que aquellas reformas laborales fueron contestadas por las organizaciones sindicales con tres huelgas generales (una en 2010 y dos en 2012).

Señalé que en estos diez años que ha transcurrido desde 2012, las organizaciones sindicales y los partidos políticos que se reclaman de la izquierda; incluidos los dos que componen el Gobierno de coalición, se comprometieron con sus bases y con sus votantes a derogar las reformas, en plural.

En estos años, se ha ido perdiendo el plural para quedarse el singular: “Vamos a derogar la reforma laboral de 2012”. Y de ahí se pasó a vamos a derogar los elementos más lesivos.

En esta línea de compromiso, la Ministra de Trabajo, dijo ante el plenario del Congreso de CCOO del mes de octubre de 2021: “¡Vamos a derogar la reforma laboral a pesar de todas las resistencias!”

Si comparamos las expectativas y promesas con el resultado de la reforma, queda una sensación de decepción, pues se reduce a la recuperación del principio de ultraactividad y a las materias de Salario y Jornada para el convenio sectorial. Dos elementos muy importantes, pero que saben a poco comparado con todo lo que no ha sido derogado.

Pasando al bloque de los elementos más lesivos, enumeré los preceptos introducidos por la reforma de 2010:

  • La posibilidad de despedir con 20 días por año trabajado y máximo de 12 mensualidades.
  • Introdujo la “previsión de pérdidas” para poder aplicar despidos colectivos.
  • Rebajó la indemnización del despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades.
  • Se introdujo la posibilidad de descuelgue del convenio por causas económicas.
  • Se amplió la capacidad de las empresas de aplicar la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

La reforma de 2012, profundizó en la flexibilización, en favor de los empresarios, de los aspectos novedosos de la reforma de 2010, y además introdujo los siguientes:

  • Eliminó el principio de ultraactivididad de los convenios colectivos (derogado en la reciente reforma),
  • Dio prevalencia aplicativa al convenio de empresa, sobre todos los convenios sectoriales. (se ha recuperado la prevalencia sectorial para la Jornada y el Salario).
  • Se suprimió la autorización administrativa en la aplicación de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE).
  • Se vaciaron las causas justificativas del despido, pasando a estimar causa justificada el descenso de los ingresos durante tres trimestres.
  • Se eliminó el pago de los salarios de tramitación.

Como puede verse, son muchos y muy profundos los elementos lesivos que no se han tocado, precisamente todos los que han actuado más directamente en la devaluación de los salarios y en la transformación de empleo con derechos en empleo precario. Y cabe el riesgo de entenderse que todos esos elementos lesivos quedan legitimados al no haber sido abordados en esta reforma.

Por otra parte, la reciente reforma laboral, sin ser una mala reforma, introduce algunos aspectos en la contratación cuyas bondades generan duda. Por ejemplo, el contrato formativo dual pasa de los 25 a los 29 años, la edad de los trabajadores que pueden ser contratados, condenando a muchos y muchas jóvenes a verse en este tipo de contratación que, además de ser temporal, no genera indemnización a su finalización.

Otro ejemplo es la flexibilización que se ha hecho del contrato Fijo-Discontinuo, “este contrato puede ser utilizado por la Empresas de Empleo Temporal (ETT) y en otras actividades de contrata y subcontrata”, dice literalmente el nuevo redactado del Estatuto de los Trabajadores.

Y otro ejemplo más es el nuevo “Contrato Indefinido adscrito a la construcción”, mediante al cual la prensa ya ha publicado que 280.000 trabajadores pasan a fijos. Si bien el cambio sustancial que los trabajadores de la construcción van a tener es que en el contrato de obra o servicio determinado vinculado a la construcción tenían una indemnización de 20 días por año trabajado y ahora será de 25,5 días por año trabajado. Lo que no se entiende es por qué no se les aplican los 33 días de indemnización si se les dice que son fijos. Por lo demás, cuando el trabajador de una obra en un edificio termine la obra, se quedará sin empleo, como cuando no era fijo.

Habrá que valorar, cuando haya cifras a medio y largo plazo, por ejemplo 12 o 18 meses, si la transformación de la contratación ha sido real, es decir que los trabajadores y trabajadoras bajo las nuevas fórmulas de contratación han mejorado en sus condiciones de trabajo o simplemente han visto cambiar el título de su contrato.

Por último, respecto al proceso negociador, considera que se han producido “errores”, pues ha habido nula información a los trabajadores en general hasta que no se ha producido el acuerdo definitivo. Los trabajadores están siendo informados a posteriori del acuerdo, pero no han sido preguntados a priori.

Si la reforma ha sido condicionada por la Comisión Europea, como ha expresado el Secretario General de UGT, por la cuestión de los fondos europeos de recuperación, hay que concluir que los derechos de los trabajadores han sido moneda de cambio para la obtención de unos fondos que están dirigidos íntegramente a la modernización y digitalización de las empresas, lo que en muchos casos ya se traduce en más destrucción de puestos de trabajo, como es el caso de la industria del automóvil.

Concluí diciendo que hay que continuar reivindicando la derogación de las reformas laborales de 2010 y 2012. Y que hay que duplicar el número de inspectores e inspectoras de trabajo, si queremos que las normas laborales se cumplan verdaderamente.

Roberto Tornamira, sindicalista de UGT

y miembro del Comité de Redacción de Tribuna Socialista

Autor: Tribuna Socialista

Tribuna libre de expresión. Fomentando el debate y las propuestas entre socialistas.

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