Fue el 30 de noviembre de 2019, cuando PSOE y UP firmaron el acuerdo de coalición que dio lugar a la constitución del Gobierno actual. Han pasado más de 600 días y la tan manoseada derogación de la reforma laboral de 2012 sigue aún vigente, prácticamente en todos sus términos.
Todo este tiempo transcurrido, ha dado para muchas declaraciones de ministras y ministros del Gobierno, incluido su presidente Pedro Sánchez. Además del acuerdo firmado por PSOE, UP y EH Bildu que se comprometían a “…. derogar de manera íntegra la Reforma Laboral del año 2012 impulsada por el Partido Popular. La derogación deberá ser efectiva antes de la finalización de las medidas extraordinarias adoptadas por el Gobierno en materia económica y laboral derivada de la crisis originada por el Covid-19”, sobran comentarios para los intereses de la clase trabajadora sobre la nota aclaratoria enviada por Whasapp del PSOE ese mismo día por la noche.
La triste realidad a fecha de este artículo, es que la única medida efectiva es la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que regulaba el despido objetivo por acumulación de ausencias al trabajo justificadas, incluidas las bajas médicas de corta duración, si bien ya recordó el Ministerio de Trabajo, que las empresas pueden usar ahora la vía del despido disciplinario, indemnizado con 33 días en lugar de 20, para ausencias justificadas e injustificadas, por tanto el despido del trabajador por esta causa sigue vigente.
En el informe “Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales”, publicado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con datos hasta el segundo trimestre del año 2021, apunta un incremento de los despidos del 41,3% y del 24,7% respecto a las reclamaciones de cantidad. (Periodo -2º trimestre 2020- 2º trimestre 2021. Covid-19.)
Los datos reflejan de manera clara y contundente que la pandemia ha puesto de manifiesto la crisis social y económica que ya se venía gestando, siendo una vez más los trabajadores quienes la estamos sufriendo.
Es evidente que se han llevado a cabo medidas para paliar esta crisis, si bien con la pequeña perspectiva que logramos alcanzar, como siempre se ha favorecido más a las empresas (excluyamos autónomos y micro-empresa) que a la clase trabajadora. A fin de cuentas, ¿De qué le sirve a un trabajador una mejora en su indemnización si lo importante es que se ha quedado sin su trabajo?
Desde la reforma laboral del año 1984 hasta la del año 2012 nos encontramos que en materia de contratación si bien el mercado de trabajo ha sido capaz de generar un gran volumen de empleos, este ha sido temporal y de muy baja calidad aún en los tiempos de bonanza económica, situándonos en fechas actuales en un 26,8% de trabajos temporales lo que representa casi el doble de la media de la Unión Europea que es del 14,2%. A esto hay que añadir la flexibilización en la contratación a tiempo parcial que ha dado lugar en los últimos tiempos a grandes nichos de contratos en fraude de ley con la consiguiente pérdida de ingresos en la caja de la Seguridad Social.
Si abordamos la “salida del mercado de trabajo”, es decir, los despidos de los trabadores en román paladino, la indemnización ha pasado de 45 a 33 días de salario por año de servicio para los contratos celebrados a partir del 12 de febrero de 2012. En los contratos suscritos antes del 12 de febrero de 2012 pero que se extingan tras dicha fecha, el importe de la indemnización no podrá ser superior a 720 días y se ha eliminado el pago de los salarios de tramitación en caso de despido improcedente. En concreto con las últimas reformas que han abaratado y facilitado el despido, ha conllevado un aumento de número de despidos al utilizarlo las empresas de manera excesiva y no utilizando como último recurso como ocurre en otros países de nuestro entorno.
Además, la reforma laboral del año 2012 facilita la modificación de las condiciones laborales de manera unilateral por las empresas, eliminaba la prórroga automática de los convenios transcurrido un año (la llamada ultraactividad) y establecía la primacía de los convenios de empresa frente a los de sector.
No nos podemos olvidar que, en total, los principales EREs presentados por grandes compañías (Endesa, El Corte Inglés, Caixabank-Bankia, BBVA, Sabadell, Norwegian, H&M, Naturgy, Seat, etc…) en los últimos meses cuentan con una cifra aproximada de 30.000 despedidos, y todo indica que no van a parar de despedir a trabajadoras y trabajadores.
Por tanto, pasado este tiempo y viendo los dimes y diretes de este Gobierno de coalición, claro incumplidor de sus propios compromisos y a la vista de la posición de este Gobierno y su política de marketing vacía de hechos en favor de los trabajadores, hace imprescindible que las dos direcciones de los sindicatos de clase (UGT-CCOO) lleven a término sus declaraciones en pos de la derogación de la reforma laboral del PP y no sólo de sus aspectos más lesivos y para ello convoquen a movilizarse a los trabajadores y así eliminar esta parálisis en la que estamos envueltos.
Jose Antonio Fdez. Guerras